UGPP: Empresas podrán solicitar devolución de aportes por pagos no laborales

El Consejo de Estado, en su Sentencia de Unificación 25185 del 9 de diciembre de 2021, estableció criterios claros sobre la interpretación del artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 y la definición de pagos salariales y no salariales según el Código Sustantivo del Trabajo. Este fallo tiene implicaciones significativas para las empresas en relación con los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral.

Aspectos destacados de la Sentencia

    Implicaciones para las Empresas

    Este fallo permite a las empresas solicitar la devolución de aportes pagados sobre conceptos que no constituyen salario y que, por lo tanto, no debieron incluirse en el IBC. Para ello, es fundamental que las empresas revisen detalladamente los pagos realizados a sus empleados y determinen cuáles no debieron ser objeto de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral.

    Recomendaciones

    Este pronunciamiento del Consejo de Estado representa una oportunidad para que las empresas ajusten sus prácticas de cotización y, en caso de haber realizado aportes sobre pagos no salariales, gestionen su devolución conforme a la normativa vigente.

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