La Superintendencia de Sociedades ha establecido una contribución, para las empresas sometidas a su vigilancia o control, con el objetivo de financiar las actividades de supervisión y control que garantizan la transparencia y el buen funcionamiento del sector empresarial colombiano.
A continuación, te explicamos en detalle lo que debes tener en cuenta:
¿Quiénes deben pagar?
La contribución se determina en función de los activos totales reportados por la sociedad al 31 de diciembre del año anterior:
- Tarifa General: Se aplicará una tarifa de $0.1164 por cada mil pesos ($1.000) de activos totales.
- Tarifa Especial: Para sociedades en procesos de reorganización, acuerdos de reestructuración, concordato, o en liquidación, la tarifa fija es de $1.300.000 pesos (118.71 Unidades de Valor Básico – UVB).
¿Cuáles son los límites?
- La contribución mínima es equivalente a un salario mínimo legal vigente (SMMLV).
- Ninguna empresa deberá pagar más del 1% del total de las contribuciones a recaudar.
Plazos para el pago
El pago deberá realizarse dentro de los 20 días calendario siguientes a la fecha en que se expida la cuenta de cobro. Es vital cumplir con este plazo para evitar los intereses de mora aplicables, que son los mismos que los del impuesto de renta.
Consecuencias del incumplimiento
Las sociedades que no realicen el pago a tiempo se verán sujetas a procesos de cobro persuasivo y coactivo, lo que podría derivar en multas y sanciones adicionales.
Aquí podrás descargar la resolución completa
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