Aquí le contamos cuál es el rol de un revisor fiscal, los informes que debe emitir y las principales infracciones que puede cometer resultando en sanciones.
El revisor fiscal tiene como función principal la de velar por los intereses de los socios y es el sello de garantía del buen uso de los recursos y de la gestión eficiente y transparente de la administración. Un buen revisor fiscal debe tener criterio y generar confianza para que haya credibilidad sobre todos sus informes.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública consciente de los cambios inmediatos que debe asumir la revisoría fiscal en el mundo actual de los negocios, fundamenta el concepto de auditoría integral, entendiendo como tal una auditoría financiera, una auditoría de cumplimiento, una auditoría de gestión y una auditoría de control interno porque debe proporcionar valor agregado a los servicios de la revisoría fiscal en lugar de convertirse en una carga para la entidad.
Los Revisores Fiscales brindan seguridad y confianza, no sólo a los socios y/o accionistas que son los que deciden a quién contratar. Esta confianza también es para todos los usuarios de la información financiera y tributaria, de allí que la DIAN repose la responsabilidad en la entrega de información cierta y confiable en los Contadores y Revisores Fiscales. Además, las Superintendencias (todas), sólo reciben información certificada por los Revisores Fiscales y Contadores; por ello las entidades financieras, clientes y proveedores, exigen información financiera con la firma del Revisor Fiscal.
¿Qué informes debe presentar un Revisor Fiscal?
- Dictamen sobre los estados financieros de cierre de ejercicio contable y cada vez que se requieran estados financieros dictaminados, según lo describe el artículo 208 del Código de Comercio. Este dictamen lo construye aplicando las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) o las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA).
- Un Dictamen debe incluir:
- Declaración de que obtuvo la información necesaria para cumplir sus funciones.
- Declaración de que siguió los procedimientos adecuados para la interventoría de cuentas.
- Declaración de que la organización lleva su contabilidad conforme con las normas legales y a la técnica contable, y que las operaciones se ajustan a los estatutos y a las decisiones tomadas por los máximos órganos de control.
- Declaración de que las cifras de los estados financieros se han tomado fielmente de los libros contables.
- Declaración sobre las reservas o salvedades que tenga sobre la fidelidad de los estados financieros.
- Si la organización ha efectuado en forma correcta y oportuna sus aportes al sistema de seguridad social (artículo 11 del Decreto 1406 de 1999).
- Informe anual a la asamblea general de accionistas o a la junta de socios, de acuerdo con el artículo 209 del Código de Comercio dónde se hacen referencia a los siguientes puntos:
- Que los actos de los administradores se ajustan a los estatutos y a las decisiones de los máximos órganos de control.
- Si la organización conserva en debida forma su correspondencia, comprobantes de cuenta y libros de actas y registros de acciones.
- Si la organización ha diseñado y observa medidas de control interno y de conservación de los bienes propios o de terceros bajo su custodia.
- Informes ocasionales sobre irregularidades en las operaciones de la sociedad, cada vez que el revisor fiscal estime necesaria su presentación. (numeral 2, artículo 207 del Código de Comercio).
- Informe sobre actos de corrupción que detecte en el ejercicio de sus funciones (artículo 7, de la Ley 1474 de 2011).
- Informe sobre operaciones catalogadas como sospechosas, con destino a la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF (artículo 27 de la Ley 1762 de 2015).
- Informes periódicos y ocasionales solicitados por organismos de inspección, vigilancia y control del Estado o por normas legales especiales.
- Informes con destino a las autoridades tributarias.
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Principales infracciones y sanciones cometidas por revisores fiscales
En el ejercicio de inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales, la Superintendencia de Sociedades publicó un documento con el fin de divulgar las principales infracciones que han sido objeto de sanción y con el propósito de prevenir la comisión de las mismas.
Este informe menciona que entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, se impusieron 45 multas por incumplimiento de órdenes, la ley y los estatutos, y 70 multas por la renuencia a suministrar información en el marco de investigaciones administrativas.
Entre las infracciones más frecuentes cometidas por revisores fiscales se encuentran las siguientes:
- No cerciorarse de que las operaciones que se desarrollen por cuenta de la sociedad se ajusten a las prescripciones de los estatutos.
- No dar oportuna cuenta por escrito a la asamblea o junta de socios, a la junta directiva o al gerente, según los casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios.
- No colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de las compañías y rendirles los informes a que haya lugar.
- No velar porque se lleve regularmente la contabilidad de la sociedad y las actas de las reuniones de la asamblea, la junta de socios y la junta directiva, y porque se conserve debidamente la correspondencia de la sociedad y los comprobantes de las cuentas impartiendo las instrucciones necesarias para tales fines.
- No convocar a la asamblea o a la junta de socios a reuniones extraordinarias.
Descargue aquí el informe completo de la Superintendencia de Sociedades
Recuerde siempre que la elección de un Revisor Fiscal que le genere confianza, le entregue información oportuna y confiable, lo beneficiará para que se enfoque en el core y crecimiento de su negocio.
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